viernes, 12 de octubre de 2007

Aspectos Legales Referente a las Sociedades


Dado que la asociación es un contrato a través del cual varias personas convienen desarrollar una actividad común, generalmente con fines lucrativos, y que adquiere personalidad jurídica; se hace imprescindible remitirnos a la ley para así cumplir con los requisitos que en ella se establecen.

Para enfocarnos un poco en el término contrato, podríamos resumir sus características en las siguietes:

  • Consensual
  • Oneroso
  • Conmutativo
  • Aleatorio y
  • De Ejecución Sucesiva.
    Las sociedades comerciales pueden ser:

De esta forma, notamos que al constituirse una sociedad debemos apreciar que constituye un negocio en el cual se dan elementos comunes y cada uno del los socios toma conciencia del negocio en el que esta participando, estando conciente del riesgo al que expone su aporte.

Las sociedades comerciales pueden ser:

  • Compañía en nombre colectivo, en la que las obligaciones sociales están garantizadas por la responsabilidad ilimitada y solidaria de los socios.
  • Compañía en Comandita, en la cual las obligaciones sociales están garantizadas por la responsabilidad ilimitada y solidaria de uno o más socios.
  • Compañía anónima, donde las obligaciones sociales se garantizan por un capital determinado y en el que los socios solo están obligados por el monto de su acción.
  • Compañía de responsabilidad limitada, donde las obligaciones sociales están garantizadas por un capital determinado dividido en cuotas de participación.

    Adicionalmente la Ley de Mercado de Capitales hace mención de las siguientes:
  • Sociedades Anónimas de Capital Autorizado, SACA
  • Sociedades Anónimas inscritas de Capital Abierto, SAICA
  • Sociedades de Fondos Mutuales de Inversión
  • Sociedad Administradora de Fondos Mutuales.